Medios economicos que tiene que demostrar el empleador a la hora de solicitar autorizacion de residencia y trabajo

El empleador debe acreditar que cuenta con los medios económicos suficientes para cumplir con las obligaciones derivadas del contrato de trabajo celebrado.

Dicha cantidad debe incluir la cantidad que tendrá que percibir el trabajador, y estará reflejada en el contrato de trabajo celebrado.

Cuando el empleador es una persona física también debe demostrar medios económicos suficientes para mantener a su familia. La cuantía mínima que debe exigir la oficina de extranjería será el importe de IPREM multiplicado por el número de miembros de familia, descontando el salario reflejado en el contrato de trabajo.

  • En el caso de no existir familiares a cargo del empleador esta cantidad será representada por 100% de IPREM
  • Cuando la familia será compuesta por dos miembro la cuantía será 200% de IPREM
  • Cuando la familia del empleador está compuesta por más de dos miembros, por cada miembro adicional debe ser aumentada en 50 % de IPREM

En los casos cuando la unidad familiar estará compuesta por varios miembros que obtienen los ingresos económicos, los ingresos computables a los efectos de demostrar la solvencia económica será la suma de ingresos de todos los miembros de la familia.

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