Nacionalidad Española

Se obtiene cuando el extranjero ha residido en España durante 2 años si es de un país iberoamericano.

SOLICITUD DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA

NACIONALIDAD ESPAÑOLA

La nacionalidad española ha sido un tema destacado en los últimos años gracias a los recientes cambios administrativos que facilitan su obtención. Aquí te explicamos cómo solicitarla, qué documentos necesitas y cómo conseguirla rápidamente.

BENEFICIOS DE OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

TIEMPO DE RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA

AÑOS DE RESIDENCIA

10 años

Residencia legal en España para la mayoría de las personas, como norma general.

2 años

Ciudadanos de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Andorra.

1 año

Nacidos en España, cónyuges de españoles (con ciertas condiciones), y descendientes de españoles de origen.

2 REQUISITOS

LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA SOLICITUD

DOCUMENTOS NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Certificado de nacimiento

Legalizado y traducido. Para casos de doble nacionalidad, también se requiere el certificado de naturalización.

Certificado de antecedentes penales

Legalizado y traducido.

Certificado de nacimiento de hijos menores

No obligatorio, pero hay que incluir información básica de los hijos en la solicitud.

Certificado de matrimonio

Si aplica, debe estar inscrito en el Registro Civil español.

Certificado de empadronamiento

Sirve para acreditar la residencia en España.

Pasaporte

Actual y, si aplica, anteriores para demostrar tu tiempo en España.

Tarjeta de residencia

Vigente o con resguardo de renovación.

Certificados CCSE y DELE

Para demostrar conocimientos socioculturales y de idioma.

MUY IMPORTANTE: Todos los documentos deben estar legalizados (apostilla de La Haya o consulado) y traducidos al español si están en otro idioma.

PROCEDIMIENTO DE LA SOLICITUD

PASO A PASO NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Solicitar cita para presentarse a los exámenes de nacionalidad española. En el despacho se les proporciona un manual preparado por nosotros para que sepan cómo aprobar los exámenes.

    • CCSE – Extranjeros de habla hispana.
    • DELEA2 – Personas que proviene de un país donde el español no es el idioma oficial.

Al recibir la fecha para presentar los exámenes, dirigirse al consulado. Allí facilitarán un certificado de nacimiento actualizado y un certificado de buena conducta. Si en el país de origen del interesado los procesos para hacer la solicitud de documentos son rápidos, puede pedirlo antes de presentar los exámenes.

Después de tener el apto del examen de la nacionalidad española, hay que revisar bien si reúne todos los documentos necesarios y cumple con los requisitos establecidos. Posteriormente, se prepara la solicitud, un mandato y las tasas.

Cada colegio trabaja de manera diferente. En el Colegio de Gestores se queda con el expediente y analiza un poco y luego te devuelve todo. En cambio, el Colegio de Abogados es instantáneo, lo revisan en el mismo momento y te lo entregan.

Este procedimiento es muy necesario para que todo esté de acuerdo con lo que se pide en las leyes. Para que no se pasen por alto pequeños detalles que pudieran afectar a la hora de hacer la solicitud.

La revisión por parte del Colegio es transmitida al Ministerio de Justicia es como un sello de garantía, de calidad. Demostrando que un colegiado, abogado o un gestor administrativo lo ha revisado.

Algo bastante curioso es que los Colegios tienen reconocimiento de texto o CRM. Gracias a este control, que no es firmado por el abogado, sino por el Colegio, cuando es un convenio que mejora el funcionamiento del Ministerio de Justicia.

Con esto el Ministerio está seguro de que todo está medio hecho, medio revisado y proceden a hacer una revisión, que es donde más tardan. No tardan en el trabajo realizado por los funcionarios que analizan del Ministerio de Justicia, sino que el Ministerio Interior en contestar que todo está perfecto.

Entre lo que verifican es que el solicitante tenga el tiempo de residencia legal exigido, la policía se cerciora de que vive legalmente y que no hay problemas con la justicia.

Hay determinadas nacionalidades de países con un riesgo muy específico que siempre tarda un poco más. Según los funcionarios del Ministerio de Justicia también hacen un informe del Centro Nacional de Inteligencia.

Lo que tienes que hacer es la jura de nacionalidad española y luego gestionar tu pasaporte y tu DNI español.

Es uno de los procesos que más complicaciones causa. Para realizar la jura tenemos 2 alternativas, ir al Registro Civil o ir antes un Notario. Todo depende del municipio, ya que hay municipios en España en dónde no hay inmigrantes, entonces normalmente esos Registros Civiles son más ágiles.

Además, no hay migrantes y la natalidad es muy baja, por no tener mucho trabajo y no estar saturados todo es más rápido en esos pueblos. Aun así, debes tener en cuenta que no porque quieras hacer todo más rápido puedes irte a alguno de estos pueblos, no puedes hacerlo.

Esto es porque según las instrucciones puedes hacer la jura en el municipio en dónde vives. A menos que hayas cambiado de municipio. Solo así puedes realizarlo allí, o si has cambiado el empadronamiento antes de la fecha de la resolución. Y puedes hacer esto ante un Notario o ante el Registro Civil.

En los pueblos pequeños es mejor hacerlo en el Registro Civil, pero en las ciudades grandes es mejor hacerlo ante el Notario. Ante el Notario tienes 180 días para realizar la jura, aunque técnicamente tienes 10 días más, es decir, 190 días en total.

Si te dan la cita en 1 año para hacer la jura y vas ante el Notario mientras cumplas los plazos, estarás más tranquilo. Pero, si te dan la fecha para la cita en 1 año y ves que el plazo va a caducar para la jura, lo que debes hacer es pedir una solicitud de suspensión de plazo.

Después de asistir a la cita de la jura, recibe el certificado de nacimiento por correo electrónico, imprimir este certificado y pedir cita en la Policía Nacional para adquirir el documento español (pasaporte y DNI).

¿QUE INCLUYE NUESTROS SERVICIOS?

En nuestro compromiso por facilitar tu proceso de obtención de la nacionalidad española, ofrecemos un conjunto integral de servicios diseñados para acompañarte en cada paso.

Expediente de solicitud

Preparamos tu expediente de solicitud de nacionalidad española.

Presentación de solicitud

Presentamos a través del Colegio de Gestores/Abogados

Revisión del trámite

Revisamos continuamente el estado del trámite e informamos la situación del expediente.

Seguimiento y control

Recibimos notificación de resolución e informamos al cliente sobre el siguiente proceso (jura de nacionalidad).

Solicitud cita | DNI y Pasaporte

Ya hecha la jura, esperar a que le llegue el certificado literal de nacimiento, y después, solicitar la cita para el documento español.

Contestamos por ti

Contestaremos a posibles requerimientos de la Administración.

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

Detalles y Precio

PRECIO (IVA incluido)

495€

El trato es excepcional, su atención personalizada nos hizo sentir seguros en todo momento, nos ayudaron de la mejor manera e hicieron los trámites en tiempo récord cosas que creímos imposibles ellos lo lograron, estuvieron personalmente con nosotros haciendo su trabajo con excelencia. Definitivamente tuvimos la mejor elección al contactar con ellos, pues son personas que realmente saben y entienden las necesidades de sus clientes. LOS RECOMIENDO AL 100%.

Diana Bueno

Cliente Satisfecho

Qué hacemos:

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¿TIENES ALGUNA DUDA?

Preguntas frecuentes

En España hay muchísimos abogados, y la mayoría de ellos son abogados brillantes, pero tienes que entender una cosa. Aunque muchos abogados han estudiado diferentes facetas del derecho, por ejemplo, extranjería, asesoría fiscal, entre otras, debes tener en cuenta en que se han especializado.

De todos los abogados brillantes que hay en España, no todos son expertos en extranjería. Busca un abogado que sea experto en extranjería, no importa que nacionalidad tenga, pero que este muy empapado en este asunto. Vale la pena contratar a un profesional, ya sea un abogado, un gestor administrativo, un procurador, ellos tienen acceso a la plataforma profesional.

Gracias a esta plataforma que está desarrollada por el Colegio Profesional y que tiene un control estricto, cuando llega al Ministerio de Justicia sale todo más rápido y seguro. Los funcionarios del Ministerio de Justicia tienen cierta garantía, los profesionales autorizados por el Colegio Profesional actúan a la perfección.

De hecho, hace 1 año más o menos el Colegio de Gestores Administrativos implantó formación obligatoria, es decir, debes hacer un curso de 1 día. Así los profesionales podrán presentar la nacionalidad con cierta garantía.

Hay que estar claros que hay mucho intrusismo en esta profesión, existe mucha gente que dice que es tramitador, gestor, asesor o presentador. A la final no son abogados y no tienen conocimientos plenos del derecho.

Cuando vayas a un despacho, no elijas algo barato o de mala calidad, revisa si son profesionales colegiados. Puedes revisar el censo de abogados de España y cerciorarte de que sean realmente abogados. Como extra, existen los censos de Gestores Administrativos donde consigues información sobre la ubicación de los profesionales colegiados.

Hay muchos expedientes que tardan mucho menos de un año cuando son presentados por un despacho. Normalmente si se utilizan estás reglas de oro se la persona tardará menos de 1 año para recibir la nacionalidad española.

Si tarda más de 1 año tienes 2 opciones:

  • Esperar pacientemente hasta que salga.
  • Acudes a un despacho de abogados y estos se encargan de agilizar la nacionalidad.

Aunque la exprés técnica jurídica es presentar un recurso contencioso administrativo contra silencio administrativo negativo de administración. Este se hace ante la audiencia nacional y manda los requeridos del expediente al Ministerio de Justicia.

Cuando el Ministerio de Justicia recibe el expediente, si ya está todo completo resuelve el expediente antes de pasarlo a la audiencia nacional.

Como siempre tarda el informe del Ministerio Interior. El informe gubernativo para saber cuánto tiempo has vivido en España, para comprobar si tienes antecedentes policiales, no y para saber si estás involucrado en algo extraño. Lo que hace el Ministerio es pedir otra vez el informe, en la actualidad la mayoría de estos salen resoluciones favorables.

Si tienes antecedentes policiales no te saldrán favorables. Notifica a tu abogado si tienes antecedentes policiales, porque en este caso no vale la pena presentar contencioso- administrativo.

Es mejor limpiar las cosas, y luego acudir a un despacho de Abogados. Preferiblemente a un despecho de abogados que esté capacitado en esta área de solicitar Contencioso-Administrativo en la Audiencia Nacional.

Este proceso normalmente funciona, aunque en algunas oportunidades es incontrolable lo que va a ocurrir. Lo que dice en la página no es tan fiable, así que no te confíes. El tiempo dependerá de la administración.

Muchos creen que puede haber muchos motivos para que esto ocurra, en realidad no son tantos. Hay unos 7 motivos comunes por los que pueden denegarle la nacionalidad española a una persona.

  • No tener una buena conducta cívica.

  • No residir en España el tiempo suficiente.

  • No aportar los documentos requeridos.

  • No acreditar el conocimiento de la lengua española.

  • No acreditar grado de integración.

  • Tener varias esposas o esposos.

  • No residir junto al cónyuge español.

  • Permanecer fuera de España más de 3 meses de forma continua.

Cuando deniegan la solicitud de nacionalidad es todo un problema para la persona, ya que esta tenía planes y en un abrir y cerrar de ojos se pierde todo.

Ahora bien, es necesario que analicemos cuáles son los motivos por los que se ha denegado la nacionalidad y determinar si tiene o no sentido recurrir. Cuando la persona tiene antecedentes penales y no están cancelados, recurrir no es lo más apropiado.

Sin embargo, si es apropiado recurrir cuando hay errores de administración. Por ejemplo, que el individuo no ha vivido 10 o 2 años en España, cuando realmente si ha cumplido con esto y tiene un certificado para comprobarlo. Como la Administración no calculó bien, tiene sentido recurrir.

También hay errores cuando la persona dice que no ha estado fuera de España por más de 3 meses. Sin embargo, la administración dice lo contrario, aquí quizás tenga sentido recurrir o tal vez sea mejor presentar de nuevo la solicitud.

Puedes realizar 2 procedimientos diferentes, hacer un Recurso de Reposición o Contencioso Administrativo. Conforme a como sea la situación el abogado a cargo de este caso puede decidir hacer una Solución Mixta, que en la mayoría de los casos es la mejor opción. Veamos de qué se trata cada uno de estos procedimientos.

Las personas de los países iberoamericanos no preguntan esto, porque está claro que no pierden su nacionalidad de origen si obtienen la nacionalidad española. Sin embargo, las personas del resto del mundo si lo hacen y está cuestión les inquietan.

Hay quienes no piden la nacionalidad española porque les aterra perder la nacionalidad su origen y la otra nacionalidad que todavía no han conseguido. Cuando los iberoamericanos tienen la nacionalidad norteamericana, les causa miedo pedir la nacionalidad española, que sería la tercera, porque no quieren perderla.

Si no hay convenio, en teoría no puedes tener doble nacionalidad. Muchas veces esto no se explica a los iberoamericanos porque ellos tienen convenio con España, pero la mayoría de los países del mundo no tienen convenio con el país.

Los ciudadanos de todos los países tienen que renunciar a su nacionalidad de origen cuando adquieren la nacionalidad española o la nacionalidad que sea incompatible con la nacionalidad española. Pero en la práctica está persona sigue siendo ciudadano de ese país, pues, las normativas propias del país no admiten renuncias tan fácil.

Existen obligaciones y derechos a los que no es tan fácil renunciar. En los países iberoamericanos solo existe 1 motivo para renunciar a la nacionalidad de origen.

Hay convenios con los países iberoamericanos, convenios de extradición. En estos el país le va a exigir la entrega de una persona por motivos penales, por haber cometido un delito o por sospechar que los ha cometido.

Si tú tienes nacionalidad que no es iberoamericana y adquieres nacionalidad española, en teoría debes renunciar en el registro, pero en tu país seguirán considerándote como ciudadano. Solo existe un país que en realidad es estricto con esto, y de verdad los ciudadanos renuncian a su nacionalidad de origen, se trata de los chinos.

Cuando un ciudadano chino se hace español, lo que hacen es que van al consulado, notifican que ya son españoles y les quitan el pasaporte chino. Si quiere ir a vivir y trabajar en China les dan un permiso permanente y puede hacerlo sin mayores dificultades.

En otros países que son más estrictos, privan a las personas de su nacionalidad de origen. El consulado de su país solo les da un visado permanente que autoriza la posibilidad de vivir y trabajar allí.

La mayoría de las veces la respuesta es sí. Sin embargo, debemos analizar algunos aspectos importantes. Ya que no siempre es tan automático y en algunas oportunidades si lo es. Existen diferentes supuestos que pueden darse en este caso.

Por ejemplo, con los hijos nacidos fuera de España, los que tienen nacionalidad por opción y los que son españoles de origen. La nacionalidad es considerada por valor de simple presunción.

Técnicamente, según el Reglamento de Extranjería no se llama Reagrupación, sino Obtención de Autorización de Residencia Comunitaria. En la actualidad, se le conoce como Arraigo Familiar y se realiza de acuerdo con la relación existente con la persona.

Quiere decir que sirve para reagrupar a tus padres, a los hijos menores de 21 años, a los hijos mayores de 21 años y a los familiares del cónyuge o pareja de hecho. Aplica inclusive a la familia extensa.

Si tus padres, los de tus cónyuges o parejas de hecho tienen menos de 65 años, puedes hacer la solicitud del arraigo familiar. Esto si, puedes demostrar ante la Administración que tienen dependencia económica, es decir, que tiene un trabajo y puede mantenerse económicamente.

En teoría, si tus padres son mayores de 65 años y tú tienes nacionalidad española no hace falta que demuestres que estos tienen dependencia económica. Resulta más fácil que obtengan la nacionalidad española por arraigo familiar, ya que es de suponer que tú los sostendrás económicamente.

Ahora bien, si debes demostrar que estos tienen dependencia económica al solicitar la tarjeta comunitaria. Para poder obtener la tarjeta comunitaria debes acreditar la solvencia económica. La parte buena es que no tendrás que aportar el certificado de antecedentes penales para hacer la solicitud para que tus padres tengan dicha tarjeta.

Si solicitas arraigo familiar para tus hijos que son menores de 21 años, no es necesario acreditar dependencia económica. Y para solicitar la tarjeta comunitaria los padres deben demostrar, acreditando pruebas, que trabajan o que tienen dependencia económica.

Si tus hijos tienen más de 21 años y haces la solicitud de arraigo familiar, debes acreditar a la Administración que estos tienen dependencia económica. Es decir, debe contar con un trabajo que garantice su sostén económico.

No, el proceso es el mismo, no se tienen más ventajas ni se obtiene en menos tiempo la nacionalidad española. Debes estar consciente que todo es igual a cuando se hace la solicitud de nacionalidad por residencia.

La única ventaja que podemos mencionar que se tiene en este caso es que no hace falta espera 2 años o 10 años. Como ocurre con los solicitantes de nacionalidad por residencia. Si resides en España legalmente de forma continua, junto a tu cónyuge, solo debes cumplir 1 año.

No obstante, tienes que aportar pruebas para que te den el empadronamiento familiar histórico. De esta manera, demostraras que has vivido con tu cónyuge español durante 1 año sin interrupciones.

También debes tener y aportar el certificado de matrimonio actualizado y el certificado de nacimiento de tu cónyuge. Así dejaras claro ante la Administración que tú cónyuge tiene la nacionalidad española legalmente.

Es necesario que se determine el costo de cada uno de los pagos que debes realizar. Por ejemplo, cuánto se cobra por el servicio del despacho, cuáles son las tasas que existen y cuáles son los gastos que debes cubrir.

Los gastos depende de cada país, porque los precios de cada consulado son diferentes. Si tienes que contratar un tramitador en tu país para que consiga todos los documentos que necesitas para llevar a cabo todo el proceso y es más costoso.

Entre los documentos que se piden siempre para hacer la solicitud de la nacionalidad española están:

  • Certificado de Nacimiento recomendamos que esté actualizado.
  • Certificado de Antecedentes Penales, es obligatorio que sean actualizados.

Los certificados de antecedentes penales generalmente caducan en 3 meses. Aunque en algunos países el propio documento te indica que el certificado de antecedentes penales caduca en 6 meses. Pero esto es muy poco frecuente, no son muchos los países en los que esto sucede.

Es necesario averiguar cuánto cuesta todo este proceso en tu país. En algunos consulados el precio es de 36 euros, pero en otros son 100 dólares, así que el precio es muy variable.

Hay diferentes tasas que se deben pagar a la hora de solicitar la nacionalidad española. Entre ellas tenemos: Las Tasas del instituto Cervantes que incluyen el examen CCSE o examen de Conocimiento Socio- Constitucional. Este tiene un precio de 85 euros y el examen de Idioma tiene un costo de 130 euros de tasa por presentarlo.

Esto dependerá del despacho que elijas. Recuerda que en este campo hay muchos intrusos, personas que se hacen pasar por profesionales, cuando en realidad no lo son. Hay muchos que no tienen ninguna educación y se hacen llamar tramitadores que cobran unos 200 euros.

En los despachos legales de abogados, estos servicios pueden llegar a costar más de 1000 euros. Si estos procesos se llevan a cabo por el Despacho Profesional, la mayoría de los despachos cobran entre 1000 y 1200 euros. Por supuesto, no todos cobran esta cantidad de dinero, cada uno puede cobrar lo que quiera, no hay un límite legal.

En el despacho de TRAMITEX se cobran 495 euros (IVA incluido por los honorarios) para tramitar la nacionalidad por el registro. Normalmente, este procedimiento siempre se presenta por registro electrónico profesional.

Si presenta algún motivo por el que no se pueda presentar por el registro profesional electrónico, te costará la misma cantidad de dinero. Aunque debes tener presente que en el futuro dichos precios quizás cambien.

Lo primero que hace es revisar de manera completa el expediente. Con esto, se comprueba si los requisitos cumplen o no con todo lo que se exige en la ley.

También, el despacho se encarga de pedir la cita en el Instituto Cervantes, si hay que pedir cita para presentar el examen de Idioma, se solicita. Si hay que descargar la resolución del Instituto Cervantes, se descarga. Se realizan todo lo necesario para cumplir con los requisitos exigidos.

Se preparan y se escanean todos los documentos y se suben a la plataforma profesional. Pero si el despacho decide presentar por el Colegio de Gestores se llevan todos los documentos en físico para que estos confirmen que cada uno cumple con los requisitos y que todo esté en orden.

Si es por el Colegio de Abogados, el despacho se encargará de pedir la cita y de presentar ante este Colegio el expediente. Se recogen los documentos, y si hay que subsanar algún inconveniente, se corrige lo que esté mal.

Cuando piden algún requerimiento, lo descargamos y te notificamos. Por supuesto, debes aportar todos los documentos necesarios para cumplir con el requerimiento. Aportamos la documentación exigida y cuando ya se tiene la resolución te notificamos.

Si es posible pedir la cita en el Registro Civil para que realices la pre-jura, también lo hacemos. Y realizamos todos los trámites posibles para brindarte un excelente servicio. Por supuesto, habrá ocasiones en donde no a habrá citas disponibles y no será posible que realices la pre-jura en ese momento ante el Registro Civil.

Pues no podemos asegurar que todo te salga favorable, esto es algo que no se puede prometer. Tampoco que el lapso de tiempo para que salga tú nacionalidad será corto, ya que ninguno de estos procesos está a cargo del despacho.

Todo esto depende del Ministerio de Justicia, ellos son los que dan las resoluciones. Por eso, es que se escapa de nuestras manos y es necesario esperar el tiempo que ellos se tarden en responder tu solicitud. Lo que sí te aseguramos es que todo estará bien presentado y todos los documentos estarán en orden.

Esto es debido a que contamos con un equipo calificado que realiza muy bien cada una de las presentaciones de expedientes. Además, conocemos los diferentes trucos y los problemas que ocurren en cada uno de los países del mundo que hemos presentado.

Por si fuera poco, haremos todo lo posible para obtener tu nacionalidad tomando en cuenta cada uno de estos detalles. Recuerda que es la propia Administración la que contesta las peticiones. La mayoría salen en 8 a 9 meses, aunque hay otras que tardan menos tiempo o más. Entonces, no podemos asegurar el tiempo específico que tardará.

En el lenguaje técnico-jurídico no se llama agilizar nacionalidad española. Este es el nombre vulgar que se usa para referirse a Recurrir a la Denegación de Solicitud de la Nacionalidad Española por Silencio Administrativo Desfavorable.

Según la legislación, la Administración debe resolver tu solicitud de nacionalidad en el plazo de 1 año. Si en este periodo de 1 año no resuelven la solicitud, se considera que está desestimada por silencio administrativo desfavorable.

Pero no te asustes, esto no indica que te denegaron la nacionalidad española, y que no vas a poder tenerla. Si no que luego de transcurrir 1 año de espera, tu tienes derecho a recurrir porque tú resolución está desestimada. En la práctica, que esto ocurra te da un derecho muy importante, que se puede utilizar muy bien para obtener tu nacionalidad española.

Primero debes tener un abogado y un procurador, esto es indispensable, porque si no los tienes no puedes realizar la agilización de tu nacionalidad. Lo mejor será que contrates un abogado especializado en el campo de agilización de nacionalidad, para que realice cada uno de los procesos puntuales en este caso.

Aunque en España existen muchos buenos abogados, cado uno se especializa en un campo específico. Así que, si quieres agilizar la nacionalidad española acude a un despacho de abogados capacitado.Un despacho altamente especializado en recurrir la denegación de la nacionalidad española por silencio administrativo negativo.

Esto te facilitará las cosas y será mucho más probable que consigas la agilización de tu nacionalidad de manera favorable.

Este se encargará de presentar un escrito a la Audiencia Nacional, en donde se aportará la solicitud de nacionalidad, con todos los datos necesarios.

Recuerda que es necesario tener un poder para pleitos o un poder electrónico, que es un justificante de apoderamiento electrónico, De esa manera, podrás proceder con la agilización y tu abogado tendrá el control del caso.

Todo esto junto a la solicitud de demanda o anuncio de demanda, es lo que se necesita para llevar a cabo el proceso y para obtener tu nacionalidad. Cuando el Ministerio de Justicia reciba este anuncio de demanda, van a pedir el expediente de tu caso a la Audiencia Nacional. Luego de facilitar los datos requeridos, contestará la petición.

Si no puede contestar porque no hay informe del Ministerio Interior, va a solicitar un informe a este mismo ente. De esa manera, les facilitarán la información y procederán a notificarles que no tienes problemas con la justicia, que no tienes ningún problema con la policía.

Además, pedirá información sobre estadía en España durante el tiempo de residencia legal exigido por la normativa. Al recibir el informe, puedes estar seguro de que te contestarán. No obstante, puede que pasen el expediente sin contestar, debido a que ya no hay tantos expedientes, solo resuelven el expediente y los envían. Es lo común en los últimos años.

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