Residencia en España para inversores

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Según la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, que día 19 de septiembre quedara lista para entrar en vigor, Los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión significativa de capital podrán solicitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores.

Se entenderá como inversión significativa de capital:

a) Una inversión inicial a partir de 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, o  a partir de un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o depósitos bancarios en entidades financieras españolas

b) La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor a partir de 500.000 euros por cada solicitante

c) Un proyecto empresarial en España y que sea considerado como de interés general con el cumplimiento de al menos una de las condiciones:

1.º Creación de puestos de trabajo.

2.º Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico

3.º Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

Para la concesión del visado de residencia para inversores será necesario haber realizado la inversión en la cantidad mínima requerida, en un periodo no superior a 60 días anteriores a la presentación de la solicitud.

Para saber más sobre los detalles legales de Residencia en España para inversores lea el siguiente artículo o póngase en contacto con nuestra oficina.