El trabajador extranjero que pretende conseguir autorización de residencia y trabajo por cuenta propia tiene que cumplir con los siguientes requisitos:
- No encontrarse en España en situación irregular.
- Carecer de Antecedentes Penales en España y en los países de anteriores residencias durante cinco últimos años.
- Abonar las tasa administrativas por la tramitación de expediente.
- Cumplir con los requisitos para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación requerida
- Tener la solvencia económica para implantación del proyecto empresarial y la creación de los puestos de trabajo.
- Tener recursos suficientes para manutención en España, deducidos los gastos de mantenimiento de actividad.
Es decir, si el extranjero calcula que los gastos de mantenimiento de su actividad ascienden a 3000 euros mensuales, las gastos en arrendamiento de la vivienda son 900 euros mensuales, y gastos en la comida, ropa, diversión ascienden a IPREM (530 euros para el año 2011), el extranjero tiene que demostrar la existencia de 53160 euros (4430 mensuales x 12 meses).
La existencia de los recursos económicos se demuestra a través de toda las formas legalmente admitidos en derecho.