Tarjeta de residencia comunitaria permanente

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Los extranjeros titulares de tarjeta comunitaria tienen derecho a residir en España con carácter permanente si han residido legalmente en España durante un período continuado de cinco años.

Se pierde el derecho de residencia permanente por ausencia del territorio español durante más de dos años consecutivos.

La solicitud de tarjeta de residencia comunitaria permanente debe presentarse durante el mes anterior a la caducidad de la tarjeta de residencia o dentro de los tres meses posteriores a dicha fecha de caducidad.

Junto con la solicitud de la citada tarjeta de residencia permanente hay que presentar la siguiente documentación: pasaporte en vigor, documentación acreditativa del supuesto que da derecho a la tarjeta (por ejemplo, el certificado de matrimonio) y tres fotografías.

Dicha tarjeta será renovable automáticamente cada diez años y las interrupciones de residencia no superiores a dos años consecutivos, no afectarán a la vigencia de la tarjeta de residencia permanente.

Mucha gente tiene dudas sobre el requisito de medios económicos para la renovación de tarjeta comunitaria.  En muchas oficinas de extranjeros te piden medios de vida, hemos de decir que la legislación actual no contempla la obligación de presentar los medios económicos.