Residencia y trabajo por circunstancias excepcionales para mujeres extranjeras víctimas de violencia de género

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Si la denunciante de una agresión fruto de un delito de violencia de genero es una mujer que carece de autorización de residencia en España, y manifiesta dicha circunstancia, el expediente sancionador será inmediatamente suspendido hasta el termino del procedimiento penal.

Las mujeres víctimas de violencia de género pueden solicitar autorización de residencia y trabajo desde el momento en que se haya dictado una orden de protección a su favor o emitido un informe del Ministerio Fiscal en el que aprecie la existencia de indicios de violencia de género.

En el momento de presentación de la solicitud, y en cualquier momento posterior la mujer puede solicitar autorización de residencia para los hijos menores de edad, y si son mayores de 16 autorización de trabajo.

La solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales debe acompañar los siguientes documentos:

  • Copia del pasaporte completo
  • Documentación que acredita la representación de los hijos menores de edad.
  • Copia del orden de protección o Informe del Ministerio Fiscal.

La tramitación de estos expedientes tendrá carácter preferente. Delegación del Gobierno, previo examen del expediente presentado, otorgara autorización de residencia por circunstancias excepcionales provisional a las mujeres víctimas de malos tratos igual que a sus hijos menores de edad, siempre y cuando en el informe de Ministerio Fiscal aparezcan indicios de ser víctimas de violencia de género.

La autorización de residencia otorgada autorizara a la realización de actividades laborales y económicas en cualquier sector y en todo el territorio nacional.
La autorización de residencia por ser víctima de malos tratos tendrá carácter provisional condicionado a la concesión de autorización de residencia definitiva.

En el plazo de un mes desde el otorgamiento de autorización de residencia provisional la mujer y sus hijos tienen que solicitar la tarjeta de residencia, esta tarjeta tendrá duración de un año, y no reflejara la condición de mujer maltratada.

Si la sentencia penal condena al agresor y confirma el estatus de la víctima de malos tratos la mujer recibirá autorización de residencia por circunstancias excepcionales por ser víctima de malos tratos. La vigencia de esta autorización será de cinco años y conllevara la autorización de trabajo, sea por cuenta ajena o por cuenta propia en cualquier actividad económica y en todo el territorio nacional. Así mismo recibirán autorización de residencia los hijos menores de edad, y autorización de trabajo los hijos mayores de 16 años. Si la sentencia es no condenatoria y no se deduce que la mujer haya sido víctima de malos tratos, esto supone la denegación de autorización de residencia de la mujer, igual que la de sus hijos. Igualmente esto supone el inicio o la continuación del expediente sancionador en materia de extranjería, y su tramitación y resolución según la Ley Orgánica de Extranjería.