Residencia para personas que tienen solvencia económica

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Residencia para personas que tienen solvencia económica. Existen varios tipos de residencia en los cuales se tendrá que contar con suficiencia económica, entre los cuales les comentamos los más importantes:

Autorización de Residencia para Inversores

Este tipo de residencia se podrá solicitar en el caso de que los extranjeros que se propongan entrar a territorio español tengan como finalidad realizar una inversión significativa de capital, entendiéndose: Residencia para personas que tienen solvencia económica

  • La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000€ por cada uno de los solicitantes, pudiendo reagrupar a sus familiares.
  • Una inversión inicial de igual o mayor valor a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, 1 millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con actividad real de negocio, 1 millón de euros en fondos de inversión.
  • Proyecto empresarial que se desarrolle en España, acreditado como de interés general por creación de empleo, inversión de impacto socioeconómico de relevancia o innovación científica/tecnológica.

Este tipo de residencia se podrá obtener con un representante, designado por el inversor y debidamente acreditado.

La duración inicial de este tipo de Residencia es de 2 años, pudiendo renovar por periodos de 5 años, siempre que se mantengan las condiciones que concedieron este permiso.

Si esta inversión se lleva a cabo por un matrimonio en régimen de gananciales y la cuantía no es mayor, al doble de las cantidades exigidas se considerará que ha sido efectuada por uno de los cónyuges, pudiendo el otro cónyuge solicitar una autorización de residencia como familiar reagrupado.

La tramitación de este tipo de Autorización de residencia se efectuará por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos y su concesión corresponde a la Dirección General de Migraciones, no a los consulados.

Así como que el plazo máximo para la resolución será de 20 días hábiles desde la presentación de la solicitud. Esta autorización se entenderá estimada en caso de silencio administrativo.

La concesión de esta residencia para inversores constituirá título suficiente para residir y trabajar en España durante su vigencia. Tampoco hay que vivir en España para conservar esta residencia.

El único inconveniente con la solicitud de este permiso de residencia es la limitación de los envíos de dinero para algunos países, no para todos.

Este permiso también se puede solicitar desde el país de origen ante el Consulado de España, solicitando un Visado por 1 año y con este teniendo permiso de residencia y trabajo.

Autorización de Residencia No Lucrativa

Esta Autorización de Residencia se solicita por los extranjeros desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividad laboral.

Para este permiso de residencia el extranjero no se debe encontrar en territorio español de forma irregular.

Se deberá contar con medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de tal forma que cubran estas cuantías: Residencia para personas que tienen solvencia económica.

  • Para su sostenimiento mensual el 400% del IPREM, siendo en este año de 537.84€, que multiplicado por 4 = 2151.36€, esto debemos multiplicarlo por los 12 meses del primer permiso de residencia que da igual a 25816.32€
  • Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM, adicional a lo antes indicado. Que para un año es 6454.08€.

Ejemplo

Si el permiso de residencia lo solicita solo el padre sería para su sostenimiento de 1 año 25816.32€ + su esposa 6454.08€ + su hijo 6454.08€ + su hija 6454.08€ = 45 178.56€, es lo que se debería tener para el sostenimiento de esta familia.

El extranjero de forma personal, deberá dirigirse a la Misión diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida el extranjero.

El plazo de notificación de la resolución es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Desde el Consulado  lo envían a España, para que aquí sea resuelto. Debemos de tener muy en cuenta, que si transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

La Autorización inicial de residencia temporal tendrá la duración de un año.

La ley no lo prevé pero entendemos que se puede tener vivienda propia o alquilada.

Esta Autorización de residencia temporal se deberá renovar con la valoración, en su caso, previa solicitud de oficio de los informes:

  • En caso de haber sido condenados por la comisión de un delito y se haya cumplido condena.
  • Incumplimiento de las obligaciones del extranjero en materia tributaria o de Seguridad Social.

En todo caso la Autorización de Residencia renovada tendrá una vigencia de dos años, demostrando los mismos medios económicos exigidos que para la inicial, pero en doble cantidad (ya que es para 2 años).

Uno de los inconvenientes es que con esta autorización de residencia deberemos vivir en España como mínimo 6 meses al año. Tampoco podremos trabajar, pero en la renovación de la residencia, una vez ya este renovada, podremos solicitar la modificación de este permiso de residencia a por uno de trabajo.

Autorización de Residencia temporal y trabajo por cuenta propia

Este tipo de residencia por cuenta propia que se puede dar a aquellos extranjeros no residentes que quieran montar un negocio en nuestro país, y además tengan, suficiente dinero para invertir en ello. Para una actividad lucrativa, que requerirá mucha creatividad para crearla tal como estable la ley. Esta solicitud incluye también permiso de residencia temporal. Residencia para personas que tienen solvencia económica.

Hay 4 requisitos importantes:

  • Deberemos acreditar que contamos con solvencia económica suficiente para mantenernos y mantener tu proyecto empresarial o negocio por un año, si bien la Ley no prevé un importe especifico.
  • El proyecto empresarial, este deberá indicar el tipo de negocio al que nos vamos a dedicar, el plan de seguimiento, la inversión prevista, la rentabilidad que se espera a corto y largo plazo, los lugares de trabajo que se van a crear y el impacto que repercutirá en la economía del país.
  • Todos los permisos y licencias relacionados con el negocio que se quiere abrir. Esto muchas veces dependerá de la ciudad en donde se quiera llevar a cabo el negocio y mucho influirá el tipo de negocio que se quiere empezar.
  • También importante es la documentación que acredite la capacidad para llevar a cabo la actividad económica. Dependerá de muchos factores, pero los más comunes son los estudios universitarios, documentos que acrediten colegiación, títulos de idiomas o formación complementaria.

Toda documentación del país de origen, sino está en castellano deberá ser traducida, así como legalizados o apostillados.

La mayoría de las actividades económicas no son como tal actividad económica reglada y no requieren titulación, pero siempre aportamos para demostrar la capacidad profesional, la mayoría de empresarios tienen estudios profesionales.

Es ilimitada toda la documentación que podamos presentar a modo de prueba.

Esta solicitud de autorización de residencia temporal por cuenta propia, se presenta personalmente en los puntos oficiales para ello, como en la Oficina Consular de España en el país en  donde se reside.

Contados los 3 meses a partir del día siguiente desde la presentación de la solicitud, sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

Uno de los inconvenientes e este tipo de residencia, es que la ley no prevé que se pueda realizar residencia para tu familia o niños. En la mayoría de los casos si se trata de un matrimonio lo que hacemos es solicitar un proyecto por cada uno, un permiso de residencia por persona. Deberemos estar 6 meses al año en España.

Desde TRAMITEX te recordamos que siempre es mejor contratar a un profesional. Ya que así la presentación de documentación puede ser la más correcta y adecuada, siempre contando con los mejores. Puedes llamarnos al 915215607 y te daremos una cita donde serás atendido por profesionales.