Requisitos para casarse en España

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Si estás pensando en casarte, en un matrimonio mixto, considera los trámites a seguir y la documentación a presentar, puesto que las exigencias varían un poco. Es recomendable que organices todo con tiempo para reunir todos los requisitos exigibles.

Requisitos para casarse en España

Los documentos para contraer matrimonio en España, van a depender de la nacionalidad que tenga con quién te cases a casar.

Matrimonio entre españoles:

En este caso, se deberá ir a un Registro Civil a fin de que se solicite una cita para iniciar el trámite. A la fecha que se les indique, se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Certificado de nacimiento, emitido por el Registro Civil que corresponda a tu lugar de nacimiento.
  • Certificado de Residencia, de los últimos 2 años, con vigencia no mayor de 3 meses.
  • Original y copia de un documento identificativo como pasaporte, DNI o NIE en vigencia.
  • Declaración jurada del estado civil.
  • Los divorciados deben presentar certificado de matrimonio anterior, con nota marginal que indique el divorcio, o la sentencia de divorcio.

Los viudos deben presentar:

  • Certificado de matrimonio civil anterior.
  • Certificado de defunción del anterior cónyuge.

El día programado para el expediente, ambos cónyuges, deben ir con un testigo. Éste debe ser mayor de edad y con todos sus documentos de identificación en regla. Una vez emitido el certificado de idoneidad, queda formalizado el expediente matrimonial.

De esta manera, ya están en condición, de elegir dónde llevarán a cabo el acto matrimonial civil. El cual, puede ser en el Juzgado familiar o de primera instancia, en el Ayuntamiento o ante un Notario que viva en el mismo Municipio.

Matrimonio con ciudadano Extranjero:

El ciudadano español deberá presentar los requisitos anteriores y el extranjero los siguientes:

  • El Certificado de nacimiento
  • Certificado de estado civil.
  • Un Certificado de residencia o empadronamiento.
  • Copia compulsada de pasaporte o NIE.
  • Solicitud para celebrar matrimonio.
  • De ser divorciado, certificado de matrimonio con inscripción de divorcio o sentencia de divorcio, apostillada.
  • De ser viudo, certificado de defunción.

Requisitos para obtener el expediente gubernativo de matrimonio

En los matrimonios mixtos, es obligatorio presentar un expediente gubernativo de matrimonio. Este con la finalidad, de comprobar que la unión es voluntaria y que ambos están libres de intereses y no hay vicios. Los contrayentes deben presentar:

Ciudadano extranjero:

La documentación exigida es:

  • Certificado legalizado de nacimiento.
  • El Certificado de soltería.
  • Certificado de la inscripción consular, por el Consulado del país de origen.
  • Pasaporte vigente o NIE.
  • Un Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de replicación de edictos, realizado por el Consulado del país de origen.
  • El Certificado de matrimonio con nota del divorcio o sentencia de divorcio, en caso de estar divorciado.

Ciudadano español: 

Documentación exigida:

  • El Certificado de nacimiento.
  • Fe de vida.
  • Certificado de empadronamiento en los últimos 2 años.
  • Pasaporte vigente o DNI.
  • Certificado de matrimonio con nota de divorcio o sentencia de divorcio, en el caso que este

Cuestionario para comprobar la veracidad del Matrimonio Mixto

Los Registros Civiles, en la entrevista previa al matrimonio, por lo general,  hacen algunas preguntas, para corroborar la veracidad del matrimonio. Estas, están relacionadas  con la vida en común como pareja, gustos o preferencias, hábitos y fechas importantes.

Por supuesto, no existe un cuestionario con preguntas específicas, pero algunas de las preguntas reales que les suelen hacer por separado son:

  • Pasatiempo o aficiones, tanto suyas como de su cónyuge.
  • Su nacionalidad.
  • Dirección y nombre completo de su cónyuge.
  • ¿Qué tipo de comida les gusta más?
  • Fecha en que se conocieron y ¿por qué medio?
  • ¿Han estado casados anteriormente?
  • ¿Tienen hijos?

Cuando no se podrían cumplir los requisitos para casarse:

Las siguientes personas no pueden contraer matrimonio en España:

  • Personas con un vínculo matrimonial no disuelto.
  • Personas que procedan de un familiar común, hasta tercer grado.
  • Menores de edad que no estén emancipados o que sus padres no les hayan otorgado un estado de autonomía.
  • Un condenado como cómplice o autor de la muerte de su cónyuge anterior.

Causas de la denegación del Matrimonio Mixto:

Si te niegan realizar el matrimonio, puede deberse, a que no reúnan en su totalidad los requisitos para casarse en España. O también, puede ser que en el Registro Civil o el Consular lo denominen matrimonio de complacencia o conveniencia, por ser:

  • Acelerado, para únicamente lograr la nacionalidad Española.
  • Para lograr un permiso residencial.
  • Unir familiares de terceros Estados o que no son miembros de la Unión Europea.