Renovación de residencia por reagrupación familiar

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Renovación de residencia por reagrupación familiar

– debe ser presentada, en el formulario oficial, en dentro del plazo de sesenta días naturales anteriores a la fecha de caducidad de la tarjeta. Igualmente podría ser presentada hasta noventa días naturales posteriores a la fecha de caducidad de la tarjeta, con la posibilidad de obtener la sanción por la infracción administrativa en la materia de extranjería.

La presentación de solicitud de autorización de residencia es estos plazos prorroga la vigencia de autorización de residencia hasta la resolución de solicitud.

Renovación de residencia por reagrupación familiar puede ser presentada a favor de los hijos, padres de avanzada edad o incapacitados podría ser presentado por el cónyuge o pareja de la persona que les reagrupo, al cumplir dos requisitos: si la persona que reagrupo inicialmente no cumple con los requisitos para renovar autorización de residencia y forma parte de la misma unidad familiar.

Para conseguir la renovación de autorización de residencia por reagrupación familiar hay que cumplir siguientes requisitos:

Requisitos relativos al reagrupado:

? Que no haya trascurrido más de noventa días naturales posteriores a la caducidad de la tarjeta.
? Que se mantenga el mismo vínculo familiar.
? Que los menores de edad, en la edad de escolarización obligatoria están efectivamente escolarizados.
? Haber abonado las tasas administrativas por la gestión del expediente.
Requisitos relativos al reagrupante:
? Que no haya trascurrido más de noventa días naturales posteriores a la caducidad de la tarjeta
? Que el reagrupante cuenta con los medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia, siendo suficiente una cantidad que representa 100 de IPREM (unos 535 euros). A estos efectos serán computables los ingresos provenientes del sistema de asistencia social.
? Disponer de la vivienda adecuada para atender las necesidades de la familia y debe ser una vivienda habitual.
Si la familia no cambio la vivienda donde residió desde el momento que reagrupo la familia será suficientemente acreditada solamente con la presentación del título que les habilita ocupar esta vivienda.

En el caso de cambiar la vivienda debe seguir con el procedimiento de acreditación de la habitabilidad de la vivienda según el procedimiento establecido para tramitación de reagrupación familiar, es decir solicitar el informe de Comunidad Autónoma, y luego acreditar el cumplimiento de determinados requisitos, habitualmente demostramos el cumplimiento de estos requisitos con el acta de presencia y manifestación, en que el notario, después de visitar la vivienda acredita las condiciones de habitabilidad de la vivienda.

Documentación que tiene que presentar el extranjero a la hora de presentar solicitud de reagrupación familiar:

? Copias de todas las páginas de pasaportes del reagrupado y reagrupante.
? Documentación que acredita la vigencia de matrimonio o de pareja de hecho.
? Acreditación de solvencia económica y disponibilidad de la vivienda adecuada.
? Certificado de escolarización de los hijos menores de edad.

En el caso si los hijos no están escolarizados, la Oficina de Extranjería concederá el plazo de un mes para escolariza a los menores de edad. Si este requerimiento no será cumplido la autorización no será renovada.

En los casos en que los extranjeros están condenados por la comisión de un delito y hayan cumplido la condena o se encuentran en la remisión de la condena la Oficina de Extranjería competente valorara la posibilidad de renovar autorización de residencia teniendo en cuenta las circunstancias personales del extranjero.

Mayor importancia tendrá un informe emitido por la Comunidades Autónomas donde indican el grado de esfuerzo empleado por el extranjero para integrarse en la sociedad española.

Las solicitudes de renovaciones de los familiares reagrupados se presentaran y se tramitaran conjuntamente con la del reagrupante.

En el caso, si la Administración Pública no se pronuncia sobre la resolución de autorización de renovación durante tres meses desde el día de presentación de la solicitud, se producirá la concesión de autorización de residencia por silencio administrativo favorable.

La solicitud de Renovación de autorización de residencia por reagrupación familiar se presenta solo después de obtener la resolución favorable de autorización para el titular reagrupante.