Prorrogar la autorización de estancia por estudios

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PRORROGAR AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS

Los estudiante que estudian en España tienen que prorrogar la autorización de estancia por estudios, salvo que tienen previsto terminar sus estudios en el periodo inferior

Como ya habíamos dicho en anteriores artículos, los permisos de estancia en España, sea por estudios, investigación, intercambio de alumnos, practicas no laborales o voluntariado tienen una vigencia anual. Esta autorización se extiende a los familiares de los extranjeros beneficiarios de la autorización de estancia por estudios.

Es importante indicar que se puede prorrogar la autorización de estancia por estudios cada año, pero quien la solicite debe cumplir con una serie de requisitos.

El requisito más importante que debe cumplir el solicitante es continuar con la situación que fue determinante y que se tuvo en cuenta para la concesión de la autorización inicial o bien de la anterior prórroga.

Hay que aclarar que el requisito de esta continuidad se entiende cumplido si se demuestra que la actividad es la misma aunque se esté llevando a cabo en otro centro oficial, cuando se trate de investigación o de actuaciones de voluntariado; y en el caso de estudios haber superado las pruebas la continua. De hecho si quien obtuvo la anterior autorización de estudios al solicitar la prórroga está realizando un tipo de estudios diferente, este puede ser un motivo para la denegación de la prórroga. De todas formas esto tampoco es determinante y será valorado por el órgano encargado de resolver las solicitudes para prorrogar la autorización de estancia por estudios. No es lo mismo que alguien venga a la Universidad a estudiar medicina y al momento de la solicitud esté especializándose en un Master o un Doctorado, que si está haciendo un curso de fotografía.

El medio para acreditarlo será con el correspondiente certificado de matrícula

Otro de los requisitos fundamentales para prorrogar la autorización de estancia por estudios es acreditar que se cuenta con los medios económicos necesarios para la estancia en España mientras duran dichos estudios.

No se trata de una cuantía predeterminada sino que se establece en función de índices, en este caso el IPREM y que cambia cada año.

Otra forma de acreditar suficiencia de medios económicos es aportando prueba de haber pagado de forma anticipada el coste de la vivienda en que se pretende residir, igualmente por el tiempo que dure la prórroga; o bien demostrar se trata de una vivienda en propiedad.

En los casos en que se trate de un solicitante menor de edad, deberá contar con autorización de sus padres, tutores o representantes legales.

También deberá acreditarse que se cuenta con seguro médico contratado.

Y finalmente, deberá aportarse certificado de empadronamiento.

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