Dirigido a extranjeros que por sus conocimientos, especialización, experiencia o prácticas científicas sean invitados o contratados por una de las Administraciones citadas para el desarrollo de una actividad o programa técnico, científico o de interés general.
Se trata de un reconocimiento de la excepción de la autorización de trabajo en la realización de una determinada actividad lucrativa, laboral o profesional por un periodo.
¿Donde se presenta la solicitud?
Si es residente en España: en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se encuentre el centro de trabajo o inicie la actividad.
Si no es residente en España: en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia.
Documentación que se debe presentar:
1. Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses. Deberá exhibirse el documento original en el momento de presentar la solicitud
2. Documentación acreditativa del supuesto de excepción a la autorización de trabajo.
3. En el supuesto de no ser residente en España en el momento de la solicitud:
4. Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
5. Certificado médico.