¿Dónde se presenta la solicitud?
– No es residente en España: se presentará personalmente por el extranjero en la misión diplomática u oficina consular española de su cuidad de residencia (en el caso de que el extranjero tenga la condición de residente de larga duración-CE en otro Estado miembro de la Unión Europea, éste podrá optar, de encontrarse en España, por presentarlo ante la Oficina de Extranjeros o, en su defecto, Área o Dependencia de Trabajo e Inmigración correspondiente a la provincia donde se encuentre el centro de trabajo).
– Residente en España: se presentarán personalmente por el extranjero ante la Oficina de Extranjeros, o en su defecto Área o Dependencia de Trabajo e Inmigración correspondiente a la provincia donde se encuentre el centro de trabajo.
DOCUMENTACIÓN
• Técnico, investigador o científico invitado o contratado por las Administraciones Públicas españolas u organismos por éstas participados, además de la documentación común, la invitación o contrato de trabajo, donde conste la descripción del proyecto y el perfil profesional que se requiere para su desarrollo.
• Profesor, técnico, investigador o científico invitado o contratado por una universidad española para desarrollar tareas lectivas o académicas, además de la documentación común, Invitación o contrato de trabajo para el ejercicio de actividades lectivas, suscrito por la universidad española.
• Personal directivo o profesor de instituciones culturales o docentes dependientes de otros estados, o privadas, de reconocido prestigio, documentación común:
1. documentación que justifique la validez en el país de origen a los títulos o diplomas expedidos en España.
2. Contrato de trabajo o designación para el ejercicio de actividades de dirección o docencia.
3. Documentación que justifique el reconocimiento oficial en España de la entidad privada, en su caso.
• Funcionario civil o militar de administraciones estatales extranjeras que desarrollen actividades en virtud de acuerdos de cooperación, además de la documentación común:
Certificado emitido por la Administración estatal extranjera competente justificando que vienen a desarrollar actividades en virtud de acuerdos de cooperación con la Administración española.
• Corresponsal de medios de comunicación extranjeros, además de la documentación común, Acreditación de ser profesional de la información al servicio de medios de comunicación extranjeros, emitida por el Ministerio de la Presidencia.
• Miembro de misión científica internacional que realice trabajos e investigaciones en España, además de la documentación común: Autorización del Ministerio de Ciencia e Innovación o del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de formar parte de misión científica internacional.
• Artista para realizar actuaciones concretas que no supongan actividad continuada, además de la documentación común:
1. Documento nacional de identidad del empleador o promotor.
2. Contrato de trabajo para el desarrollo de actividades artísticas que no superen a 5 actuaciones continuadas o 20 discontinuas.
• Ministro religioso o miembro de la jerarquía de iglesia o confesión inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, además de la documentación común:
1. Certificado del Ministerio de Justicia en el que conste la inscripción en el Registro de Entidades Religiosas de la iglesia o confesión.
2. Certificado expedido por la entidad con la conformidad del Ministerio de Justicia en el que conste:
– Que el solicitante tenga la condición de ministro de culto, miembro de la jerarquía o religioso profeso.
– Que las actividades que van a desarrollar son estrictamente religiosas, contemplativas o respondan a los fines estatutarios propios de la orden.
– Que la entidad de la que dependan se comprometa a hacerse cargo de los gastos ocasionados por su manutención.
• Representante de sindicato y organizaciones empresariales reconocidas internacionalmente, además de la documentación común: Documentación acreditativa de formar parte de órgano de representación, gobierno y administración del sindicato u organización empresarial, en el que conste que su actividad se limita al desempeño de las funciones inherentes a dicha condición.
• Español de origen, que ha perdido la nacionalidad española, además de la documentación común: Certificado literal de nacimiento o en su defecto medio de prueba adecuado admitido en derecho.
• Menor en edad laboral, tutelado por entidad de protección de menores para actividad que favorezca su integración social, además de la documentación común:
1. Documentación acreditativa de que la entidad ejerce la tutela del menor.
2. Propuesta de la entidad de tutela de la actividad que favorezca la integración.
RENOVACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA EXCEPCIÓN, además de la documentación común:
1. Documentación acreditativa de que subsisten las circunstancias que motivaron la excepción.