¿Dónde debe de presentar la solicitud?
– Autorización inicial:
El extranjero reagrupante debe presentarse personalmente en el registro de los órganos administrativos (Oficina de Extranjeros, en su defecto Áreas o Dependencias de Trabajo e Inmigración)
Si el extranjero residente en España tiene permiso de residencia de larga duración-CE de otro Estado, este podrá presentar personalmente la solicitud del familiar reagrupable, a partir del momento en que el reagruapante haya presentado su solicitud de autorización de residencia en España.
– Renovaciones de las autorizaciones de familiares reagrupados:
Se presentará y se tramitarán conjuntamente con la del reagrupante, salvo causa que lo justifique, en cualquier registro público personalmente o mediante representante legal.
Documentación que se deberá presentar:
– Autorización inicial:
o Pasaporte completo o título de viaje o cédula de inscripción en vigor (Del extranjero residente en España y del familiar que se quiere reagrupar)
o Documentación que acredite los vínculos familiares, edad, dependencia legal y económica.
o Autorización de residencia o residencia y trabajo ya renovado o conjuntamente la primera autorización y resguardo de solicitud.
o Documentación acreditativa de tener empleo o recursos económicos para atender las necesidades de la familia así como tener garantizada la asistencia sanitaria, cuando no este cubierta por la seguridad social.
o Informe expedido por la Corporación Local acreditativo de disponibilidad de vivienda adecuada.
o Declaración jurada del reagrupante de no residir con él en España otro cónyuge.
o Solicitud de autorización de residencia temporal en virtud de reagrupación familiar que se presente simultáneamente se encuentren en trámite.
o En caso de hijos reagrupados por un solo progenitor, documentación debidamente traducida y legalizada acreditativa de ejercer en solitario la patria potestad, tener otorgada la custodia o autorización expresa y fehaciente del otro progenitor.
o Familiares ascendientes: Escrito explicativo de las razones que justifican la necesidad de autorizar su residencia en España y de que están a su cargo.
– Renovación:
o Pasaporte completo o título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
o Autorización de residencia del reagrupado que se pretenda renovar.
o Autorización de residencia o residencia y trabajo del reagrupante.
o Contrato de trabajo o documentación acreditativa demostrando medios económicos suficiente.
o Garantías de poseer asistencia sanitaria puede ser pública o privada.