Inicio de procedimiento de expulsión
1. Formas de terminación del proceso de inicio de procedimiento de expulsion.
Inicio de procedimiento de expulsión puede acabarse en varios desenlaces: el decreto de expulsión del territorio nacional, archivo de expediente, o imposición de una sanción económica
Como terminara un expediente de expulsión depende de muchas factores, a continuación explicaremos todo las detenidamente.
2. Incoacion de Procedimiento de Expulsión.
Los agentes de las Fuerzas de Seguridad al descubrir a un inmigrante en situación irregular en España tienen la obligación de iniciar el procedimiento expulsión.
Habitualmente los agentes que inician el expediente de expulsión comunican incoación del expediente sancionador al extranjero. Deben hacer en la presencia del letrado defensor y trasladan el expediente al Delegación del Gobierno (o Subdelegación en su caso).
En el pazo de 48 horas los extranjeros pueden presentar escrito de alegaciones contra el inicio de orden de expulsión.
3. Resolución del Expediente de Expulsión.
El órgano encargado de resolver el expediente es la Delegación del Gobierno, sancionan al extranjero con la imposición de una multa o decretando expulsión de España.
Después de haber sido informado sobre incoación del expediente de sancion el extranjero dispone de un plazo determinado para realizar las alegaciones correspondientes.
Ley Orgánica de Extranjería y el reglamento que desarrolla esta Ley prevee dos tipos de sanciones.
Primera de ellas es la imposición de una multa pecuniaria por el importe de 501 euros hasta 10000 euros, según las posibilidades económicas del extranjero y su grado de culpabilidad.
Y segundo tipo de sanciones es el decreto de orden de expulsión del territorio nacional. Con la prohibición de entrada en territorio Schengen durante el periodo que puede variar desde tres a diez años.
La Delegación del Gobierno dispone de seis meses de plazo para dictar la resolución sancionando al infractor. Si no se pronuncia en el pazo establecido, el extranjero puede solicitar el archivo del expediente sancionador por la caducidad.
En el caso de no estar de acuerdo con la sanción impuesta el interesado puede imponer recurso de reposición contra la resolución de la Delegación del Gobierno. O presentar una demanda ante el tribunal Contencioso-Administrativo.
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