Importantes cambios en extranjería

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En este año 2022, han confirmado importantes cambios en extranjería. Viene cargado de cambios y novedades para los extranjeros en España.

Para mayor información: Nueva ley de extranjería

Residencia por arraigo

Los principales importantes cambios de extranjería que estamos viviendo ahora es que las oficinas de extranjería de Madrid y de toda España no concede autorización de residencia por arraigo si se está en trámite de asilo.

En septiembre del año 2020 salió una nota de prensa donde su anterior secretaría de migración que tenía un apellido árabe diciendo; Si esta en tramite de asilo, esto no es ningún impedimento para que consiga residencia por arraigo social, laboral o familiar.

Sin embargo, según criterios de ahora, no se puede solicitar arraigo si está en tramite de recurso de asilo.

Recurso de denegación de asilo

Cuando se presenta un recurso contra denegación de asilo, está legal en España y puede trabajar.

No se privará acceso al mercado de trabajo cuando este se interponga un recurso que tenga efectos suspensivos hasta decisión negativa contra a tomar el proceso hasta la notificación de esta denegación.

Estados miembros permitirán que el solicitante pueda permanecer en España hasta que esté expirado en plazo dentro del cual puede ejercer su derecho a un recurso.

Prevén que una persona puede estar en España mientras solicita recurso denegación de asilo.

Vía contencioso-administrativo

Si una persona tiene arraigo en España, tiene trabajo, vive años en el país, tiene familia y no tiene antecedentes, los magistrados pueden acceder a medida cautelar.

Aprobando una medida consistente, permite a la persona que se encuentra en España tener acceso al mercado de trabajo mientras espera resolución.

La gran ventaja es que se puede conseguir medidas cautelares bastante rápido. Hay casos que en 2 o 3 días contestan, pueden tardar en tomar sentencia. El proceso judicial de asilo puede tardar 1 año y medio.

Esto significa que una persona que solicita asilo y le deniegan, puede hacer recurso a vía contencioso-administrativa.

Puede conseguir esta autorización de sus magistrados para vivir y trabajar en España mientras tardan en resolver este recurso.

¿Cuánto debe cotizar como mínimo un extranjero en España?

Un extranjero tiene que haber cotizado 6 meses en los 2 últimos años.

Solicitar y recurrir denegación de asilo

Medidas cautelares a la hora de solicitar asilo y recurrir denegación de asilo. Audiencia nacional accede a aprobar esta autorización de permanecer y trabajar en España hasta la sentencia.

La ventaja es que conceden bastante rápido y la sentencia tarda 1 año y medio aproximádamente.

Pagar una tasa complementaria

Si están a punto de presentar expedientes de extranjería por nacionalidad española, hay que pagar una tasa complementaria.

En la plataforma de Ministerio de Justicia donde presentamos las nacionalidades no se puede pagar una tasa complementaria. No obstante, en extranjería si se puede generar dicha tasa.

Relación laboral de entidad suficiente

En la instrucción de arraigo laboral, lo que han hecho es elaborar una figura que sinceramente vulnera el concepto de contrato de trabajo y relación laboral por completo. Se llama relación laboral de entidad suficiente.

Ya no es suficiente cotizar solamente durante 6 meses, debe ser 6 meses o a tiempo completo o cómo mínimo 30 horas semanales, aunque sean 2 empleos. También debe cobrar un salario mínimo interprofesional.

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