Empleadas de hogar. Contrato de trabajo

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El contrato de trabajo para empleada de hogar no tiene que ser un modelo especifico, oficial pero si debe de cumplir los requisitos del contrato de trabajo que se presenta para la solicitud de autorización de residencia.
Duración mínima un año, jornada completa, el empleador debe de demostrar su solvencia, el salario debe ser superior al salario mínimo interprofesional, etc.


Modelo de contrato para empleado de hogar interno

REUNIDOS:

De una parte ………………………………………….. , mayor de edad, con domicilio en ………………………… y titular del DNI ………………………… .

Y de otra ………………………… , mayor de edad, con domicilio en ………………………………………….. y titular del DNI ………………………… .

Ambos con la capacidad que dicen tener y mutuamente se reconocen para la formalización del presente CONTRATO DE TRABAJO de empleados de hogar.

MANIFIESTAN:

1. Que ………………………………………….. , como cabeza de familia, es titular del domicilio de su propiedad, antes referido, el que ocupa en unión de …………………………

2. Que habiendo convenido las partes la celebración de un contrato de trabajo para atender las labores propias del hogar, lo otorgan mediante la suscripción de este instrumento con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS:

Primera.- El objetivo de esta relación laboral de carácter especial consiste en la realización de las tareas propias del cuidado de la casa, comprendiendo su limpieza, compra, elaboración de comidas, costura y plancha, así como el cuidado que requiera la atención de las personas que en el vivan.

Segunda.- El contrato se celebra en jornada completa, bajo la modalidad de trabajador interno.

Tercera.- El presente contrato tendrá una duración de un año, comenzando a regir entre las partes en el día de la fecha. Llegado su vencimiento se prorrogará automáticamente por iguales períodos de una anualidad si no mediare denuncia expresa por cualesquiera de las partes, comunicada con una antelación mínima de siete días.

Cuarta.- Las partes convienen el establecimiento de un período de prueba por tiempo de los primeros quince días de prestación efectiva. Durante el referido período cualquiera de las partes podrá dar por resuelto el contrato sin que ello genere derecho alguno en favor de la otra.

Quinta.- Se establece una jornada de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo.
El horario será:
De lunes a viernes: de 8,30 a 13,30 y de 16 a 18.
Sábados: de 8,30 a 13,30.
Las horas ordinarias no excederán de nueve al día.
Las horas de presencia a disposición del empresario serán objeto de pacto entre las partes, según las necesidades del momento.

Las partes se someten al régimen establecido en el Estatuto de los Trabajadores en cuanto a cómputo y retribución de las horas extraordinarias. La trabajadora asume su realización siempre que no excedan del cómputo máximo ni perjudiquen los períodos de descanso mínimo.

Entre jornada y jornada mediará un descanso no inferior a diez horas.

Concluida la jornada laboral, la empleada de hogar no vendrá obligada a permanecer en el domicilio donde presta sus servicios.

El descanso semanal se iniciará a las 13,30 horas de los sábados para concluir a las 8,30 horas del subsiguiente lunes.

La trabajadora dispondrá de los permisos y fiestas locales que contempla la legislación general.

El período vacacional será de treinta días naturales, preferentemente a lo largo del mes de agosto.

Sexta.- El salario se fija en la cuantía de ………………………………………….. EUROS ANUALES, abonables en doce pagas mensuales de ………………………… y dos gratificaciones extraordinarias de ………………………… las que se harán efectivas los días 20 de junio y 20 de diciembre de cada año.

Sobre las anteriores percepciones se practicarán las pertinenetes retenciones en concepto de cotización al correspondiente Régimen de la Seguridad Social e Impuestos, en su caso.

El salario será objeto de revisión anual en función de las variaciones experimentadas por el índice de precios al consumo sin que en ningún caso pueda ser inferior al que ya vieniera percibiendo la trabajadora.

Séptima.- El empleador entregará a la trabajadora dos uniformes de invierno y otros dos de verano, comprendiendo en los mismos el calzado.

Octava.- La empleada de hogar dispondrá en su dormitorio de receptor de televisión, cuya adquisición y mantenimiento será sufragado por el empleador.

Novena.- El contrato podrá extinguirse por cualesquiera de las causas contempladas en la artículo 9 del Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto.

No obstante las cuantías señaladas por la referida normativa, en caso de desistimiento del empleador, éste abonará a la empleada de hogar una cuantía equivalente a …………… días de salario en metálico si la antigüedad no alcanzase la anualidad y de …………… días si excediera de dicho período. El preaviso se fija, en todo caso, en veinte días, con independencia de la antigüedad, sustituyéndose por una indemnización equivalente a los mismos en caso de inobservancia total o parcial.

Décima.- Para lo no previsto en este contrato serán de aplicación las disposiciones del Real Decreto 1424/1985 y, subsidiariamente el Estatuto de los Trabajadores y concordantes del Código Civil.

En cuyos términos se afirman y ratifican, firmándolo por duplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Firmas …………………………