Diferencia entre trabajo por cuenta ajena o autónomo

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Cualquier actividad laboral puede ser, por cuenta ajena o como freelance o autónomo. La distinción entre ambos tipos es sobre todo por la existencia o no trabajadores a su cargo.

Existen otros criterios de distinción:

 

–          El objeto de la prestación, es decir que actividad laboral va a desarrollar y en que lugar va a desarrollar.

–          La existencia o no de la obligación de respetar un determinado horario.

–          La existencia o no de un riesgo de empresa por parte del trabajador, por ejemplo cuando existen gastos a los que hacer frente y compensaciones no seguras.

–          El autónomo no percibe una retribución fija y el trabajador por cuenta ajena si.

–          Prestaciones desarrolladas junto al empleador o en el ámbito natural del trabajador.

–          Pluralidad de relaciones, el trabajador presta sus servicios a favor de empleadores diferentes se puede suponer más una relación de trabajo autónomo que una relación de trabajo subordinado.

–          Existencia de una organización empresarial, a la cual pertenece el empleador.

–          El ejercicio por parte del empleador de un poder disciplinario sobre el trabajador.

 

En todos los casos en lo que concierne  a la diferencia entre trabajador y autónomo es la voluntad de las partes a fin de hacer referencia a la relación contractual establecida.

 

Se puede afirmar, que cuando las partes han querido una relación autónoma, ello no puede ser considerado de otro modo mientras no se prueben que existen trabajadores subordinados. Por tanto cuando las partes, en la regulación de sus recíprocos intereses, hayan querido excluir el elemento de subordinación.

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