Como podemos recurrir una Denegación de Nacionalidad

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En este artículo te vamos a contar como podemos recurrir una denegación de nacionalidad, hoy en día estamos en un momento en el cual el Ministerio de Justicia responde a muchísimas solicitudes de nacionalidad española, estamos en una época en la que hay muchísimas resoluciones y obviamente no todas las resoluciones pueden ser favorables.

Hay muchas personas que no cumplen con alguno de los requisitos que se solicitan y probablemente por esa dificultad es que reciben en su resolución la denegación de su nacionalidad.

En este artículo te vamos a explicar cómo podemos ganar los recursos por la denegación de la nacionalidad, de forma muy rápida, con más seguridad y con más control.

Existen dos tipos de recursos contra la denegación de la nacionalidad española, pero en este artículo te explicaremos también la tercera posibilidad que podemos llamar legalmente como un recurso mixto, se trata de un recurso y otro a la vez, ósea mezclados.

El primer recurso del que te vamos a hablar es:

Recurso de Reposición – Como podemos recurrir una Denegación de Nacionalidad

El recurso de reposición, quiere decir, que cuando una persona recibe una resolución donde se le niega la nacionalidad, esta persona tiene un mes para presentar un recurso de reposición, la ventaja de este recurso es que no hace falta contratar a un abogado de Extranjería, sino que tú mismo podrías hacer este recurso. Puedes escribir lo que tú piensas, estructurar de la forma que quieres, argumentar cómo te parezca, firmar y presentarlo.

Claro que siempre habrá desventajas que deberemos tener en cuenta:

  • Una de ellas es que se tarda 3 años en salir la resolución de este recurso
  • Y la segunda vía es que te puede parecer muy fácil su redacción y presentación, lo puedes hacer tú mismo, redactarlo a mano, contar que es lo que te ha pasado y presentarlo, pero probablemente tú no eres un abogado de Extranjería y no conoces la normativa que debes aplicar, se presentaría un recurso con muy poca argumentación jurídica y escasamente preparado, ya que no tendrías la experiencia necesaria que tenemos como abogados de extranjería, ya que presentamos muchos recursos desde hace muchos años y cuando cogemos algún expediente sabemos más o menos por dónde ir y tú al no tener experiencia ni el conocimiento se te hará muy complicado.

Lo primero que debemos hacer es acudir al Registro Civil en donde se empezaron los tramites, para que podamos ver cuáles han sido los motivos de la denegación, que pueden ser:

  • Contar con antecedentes penales, hay personas que solicitan la nacionalidad española ya teniendo antecedentes penales aquí. Si este fuera el caso no valdría la pena presentar ningún recurso. Lo que se tiene que hacer es arreglar lo pendiente: cancelar estos antecedentes penales y luego volver a empezar todo el proceso de nuevo. También es posible que nos denieguen el permiso si el certificado de antecedentes penales está caducado, debemos fijarnos en estos pequeños detalles.
  • La estancia de estudiante lo no es lo mismo que la residencia, cuando se pide la nacionalidad española se debe demostrar que se ha vivido un tiempo concreto en nuestro país, pero no sirve hacerlo como estudiantes. Por tanto, si hemos querido hacer la petición demostrando que hemos estado aquí un tiempo determinado, pero lo hemos hecho en condición de estudiantes, entonces nos la van a denegar. En este caso tampoco tiene sentido presentar un recurso, pues estaríamos en la misma situación. Es mejor esperar a que se cumpla el período de tiempo necesario y así asegurarnos de que no habrá problemas.
  • Hay otros motivos, como por ejemplo la falta de integración o bien la falta de medios económicos que demuestren que se puede llevar una vida estable.

Es importante que nuestro recurso contenga:

  • Exposición clara de las ideas y letra entendible. Si podemos hacerlo con ordenador mucho mejor, pero si lo hacemos a mano que sea un tipo de letra legible y lo máximo de bien presentada posible.
  • Dejar bien claro, al principio de todo, a quien va dirigido.
  • Poner en algún lugar visible nuestro expediente, para facilitar la búsqueda y el archivo. También es importante indicar bien nuestro nombre, NIE y domicilio.
  • Acto seguido expondremos nuestro caso: situación y causas de la denegación. Después de esto tendremos que exponer los motivos por los cuales presentamos el recurso. Esta exposición de contenidos debe acabar con la petición de resolución favorable.
  • Finalmente, ponemos la fecha del día y firmamos el documento. Luego ya solo queda presentarlo al registro correspondiente.

El siguiente recurso es el recurso:

Contencioso-administrativo – Como podemos recurrir una Denegación de Nacionalidad

En este caso, si es obligatorio contratar a un abogado de Extranjería y a un procurador, pero si te deniegan la nacionalidad y presentas el recurso contencioso administrativo, lo que va a pasar es que, también puede demorar de unos 2 a 14 meses perfectamente, ya que tarda eso para salir la sentencia.

Disponemos del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de la notificación, para presentarlo ante la Audiencia Nacional. Debemos tener en cuenta también que en caso de presentar este recurso se puede ser condenado en costas, estas costas pueden pasar los 1000.00€.

¿Qué son las costas?

Pues al recurrir la DGRN tiene al abogado del Estado que les representa y, ese abogado tiene también unos honorarios que en caso de perder nosotros el caso y si Su Señoría lo cree necesario, deberíamos pagar nosotros, es decir, el cliente. Esas son las «costas». Como decimos, las costas van desde cero euros hasta cientos y cientos de euros.

Tercera vía para recurrir la denegación de la nacionalidad – Como podemos recurrir una Denegación de Nacionalidad

Por eso es que tenemos la tercera vía, esta es la más adecuada y la más rápida, esto es una solución mixta. Lo primero que hacemos es presentar un recurso de reposición, siendo lo correcto que un abogado te lo presente muy bien argumentado y este recurso te lo van a resolver en 3 meses, pero te explicamos porque, ya que en este recurso argumentamos los motivos de denegación y aportamos pruebas, nos esforzamos para que llegue la verdad de forma profesional que queremos transmitir y lo mejor es que se presenta de una manera telemática, ya que te queda constancia con el justificante de presentación y ese mismo día entra al órgano competente.

Después de un mes, no antes, presentamos un recurso contencioso administrativo contra el silencio administrativo negativo de recurso de reposición.

¿Qué es lo que puede pasar en este caso?

Como ha pasado un mes y se considera que el recurso a sido desestimado de forma tácita, la Audiencia Nacional lo primero que va a hacer es exigir al Ministerio de Justicia que conteste a este recurso.

El Ministerio de Justicia en un plazo de 20 días debe contestar, resolviendo el expediente, no va a tardar exactamente ese plazo, pero no va a tardar mucho más, porque no tienen que pedir informes ni de policía ni del Ministerio del Interior, ni de ninguna otra administración el Ministerio de Justicia, tendrá ya la información para resolver el recurso, por este motivo es que responden rápido.

Suelen responder en unos 2 meses y tenemos casos en los que han tardado 2 meses en resolver de forma favorable. Los recursos que hemos presentado contra la denegación de la nacionalidad española para diversos ciudadanos, el Ministerio termino dándose cuenta que no tenían derecho a habérselas denegado, hemos podido demostrar que cumplían con lo necesario para tener su nacionalidad.

Si tú tienes alguna duda puedes contactar con nosotros y estaremos encantados de atenderte en todo lo que necesites de forma personalizada aquí en el despacho de TRAMITEX.