Cambios confirmados en Extranjería, julio 2021

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En este artículo te contamos cuáles son los últimos cambios confirmados en Extranjería en 2021 sobre Arraigo Laboral, Nacionalidad Española, Asilo Político, Reagrupación Familiar y más. Sigue leyendo.

  1. Arraigo Laboral

El día 8 de junio, el secretario de estado en materia de inmigración dictó una instrucción sobre cómo aplicar la residencia por Arraigo Laboral.

Recordemos que, unos meses antes, salieron tres sentencias del Tribunal Supremo, que prevén que los inmigrantes pueden solicitar la residencia por Arraigo Laboral si demuestran que llevan viviendo en España durante dos años continuados y tienen, o han tenido, relaciones laborales durante un periodo mínimo de seis meses. 

Un punto muy importante es que a partir de estas últimas sentencias ya no hace falta denunciar al empleador para justificar tener relación laboral. 

¿Cuáles son los principales cambios?

  1. La relación laboral de seis meses se debe demostrar a lo largo de los dos últimos años. 
  1. Aparece una figura nueva que se llama relación laboral de entidad suficiente: significa que un extranjero no solamente tiene que demostrar que trabajó, sino también que percibe el salario mínimo interprofesional. 
  1. Los estudiantes ya no pueden solicitar la residencia por Arraigo Laboral. 
  1. El extranjero que solicite esto debe encontrarse en situación irregular. 

¿Qué ocurre con los solicitantes de asilo?

Aunque todavía no hemos visto ninguna resolución, se espera que la Oficina de Extranjería incluya también a los solicitantes de asilo. 

¿Qué pruebas se admiten para solicitar el Arraigo Laboral?

  1. Hoja de Vida Laboral.
  1. Declaración jurada del empleador. 
  1. Pruebas admitidas en derecho: justificantes de ingresos en el banco, permisos de trabajo, albaranes a tu nombre, permisos firmados por el empleador para realizar alguna tarea específica, justificantes médicos, certificado del consorcio de transportes, justificante de envíos de dinero fuera de España, etc. 

A la hora de reunir todas las pruebas para demostrar que vives en España, aporta documentos emitidos o registrados por administraciones públicas. 

2. Nacionalidad española

Últimamente, el Ministerio de Justicia pide muchos requerimientos. Si estás en esa situación, debes saber que es una gran oportunidad para aportar los documentos que faltan a tu expediente. 

Es fundamental estar al tanto de cómo va el proceso y contestar a todos los requerimientos para que no archiven la solicitud.

De hecho, si tú presentaste tu solicitud antes de que los exámenes sean un requisito, aprovecha y matricúlate en el Instituto Cervantes; aprueba el examen y presentamos el certificado de que lo has aprobado. 

En el despacho la mayoría de expedientes de nacionalidad española salen en menos de un año porque trabajamos por medio de un registro profesional. 

  1. Recursos contenciosos administrativos.

Si presentaste tu solicitud de nacionalidad española hace cuatro o cinco años y todavía no has recibido una respuesta, existe una solución: contrata un abogado especializado en trámites de Extranjería y un procurador para presentar una demanda contenciosa administrativa. 

Nosotros presentamos el anuncio de demanda ante la Audiencia Nacional, y esta envía un requerimiento al Ministerio de Justicia pidiendo todo el expediente. 

Hoy en día este procedimiento funciona muy bien, por eso, es posible agilizar todos los trámites de nacionalidad española. 

  1. Asilo Político

Otra de los cambios en Extranjería en 2021, tiene que ver con el Asilo Político.

Siempre hablamos de que solicitar asilo es un proceso muy lento, sin embargo, el Ministerio del Interior amplió los recursos humanos y materiales para resolver los expedientes de manera más rápida. 

Hace unos años, para obtener la cita para la entrevista tenía que pasar varios meses. Hoy en día todo es más rápido incluso en grandes ciudades como Madrid, en la que en cinco o siete días ya puedes tener la cita para la entrevista.

Asimismo, hemos visto que el número de concesiones de solicitud de asilo han aumentado, especialmente, para los ciudadanos de países como Honduras, Guatemala y El Salvador.

  1. Reagrupación Familiar

La novedad más importante es que el IPREM ha cambiado. Hubo una ligera subida, lo que significa que hoy en día tienes que ganar como mínimo 827€ para reagrupar a un segundo miembro de la familia. Anteriormente eran 800€.

El IPREM (Indicador Público de Efectos Múltiples) es un índice que se utiliza como referencia para la aprobación de subvenciones, ayudas o el subsidio de desempleo. 

En el año 2020 salió una instrucción que indica que, en el caso de los menores de edad, tiene que ser valorada la situación personal de la familia y el interés supremo del menor. Esta instrucción, además, reduce mucho los recursos económicos, favoreciendo así la reagrupación familiar. 

Si tienes más dudas sobre los cambios en Extranjería en 2021, déjanos tus preguntas en comentarios. 

Pero si lo que necesitas es asesoramiento personalizado de un abogado especializado en temas de Extranjería, entonces llama y contrata una cita. 

Nos comprometemos a resolver todas tus dudas.