Defunción del empleador. ¿Qué hacer?

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En la solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, uno de los requisitos imprescindibles es que el solicitante debe presentar un contrato de trabajo firmado por el empleador y por él.

Art. 124. 2.b) Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud para un periodo que no sea inferior a un año. Dicha contratación habrá de estar basada en la existencia de un solo contrato, salvo en los siguientes supuestos:

1. En el caso del sector agrario, cabrá la presentación de dos contratos, con distintos empleadores y concatenados, cada uno de ellos de duración mínima de seis meses.

2. En el caso de desarrollo de actividades en una misma ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador, se admitirá la presentación de varios contratos, todos ellos de duración mínima de un año, y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a treinta horas en el cómputo global.

Sólo en este tipo de solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, la Delegación del Gobierno permite que se produzca un cambio de empleador, durante la primera renovación.

El motivo por el que la Delegación de Gobierno permite que se produzca este hecho durante el primer año, es por defunción del empleador, en este caso y sólo en este el extranjero podrá cambiar de empleador.

El solicitante deberá de presentar:

– Certificado de defunción.
– Nuevo contrato de trabajo.
– Medios económicos del empleador.

Una vez reunida toda la documentación, el solicitante deberá de presentarla en el organismo de la administración correspondiente. La Delegación de Gobierno no suele poder inconveniente en realizar este cambio.

En el caso de autorización de residencia inicial de origen, no se podría dar esta situación, ya que el solicitante se encuentra en su país. Si su empleador fallece tendría que buscar otra persona que necesitase de sus servicios para que él nuevo empleador iniciase su autorización de residencia inicial de origen.