Autorizacion de residencia por arraigo familiar

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Arraigo Familiar para los padres de los niños españoles

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Nuevo reglamento de Extranjería, vigente desde el día 30 de junio de 2011 prevea la posibilidad de conseguir autorización de residencia de arraigo familiar para los padres de los menores de nacionalidad española.
Los padres de los niños españoles que pretenden conseguir autorización de residencia por arraigo familiar tienen que presentar solicitud de autorización de residencia por arraigo familiar aportando la siguiente documentación:

  1. Copia de todas las páginas de pasaporte
  2. Copia y original de DNI del menor.
  3. Certificado de Nacimiento del menor
  4. Certificado de empadronamiento familiar, que demuestra que los padres viven junto con el niño.
  5. En el caso cuando el padre no vive con el menor de nacionalidad española, hay que aportar los documentos que acreditan que el padres esta al día con el cumplimiento de sus obligaciones paterno filiales, es decir está pagando puntualmente la pensión alimenticia a sus hijos.
  6. Certificado de antecedentes penales de país de origen de extranjero.

No es precisa la aportación de contrato de trabajo ni de las pruebas de estancia de los padres en España durante determinado tiempo