Archivar el orden de expulsion

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Los extranjeros tienen derecho de archivar la orden de expulsión.

En este articulo explicamos como solicitar archivar la orden de expulsión.

Si Delegación del Gobierno de notifica la resolución en el plazo de seis meses los extranjeros pueden solicitar archivo de orden de expulsión.

Cuando la Delegación del Gobierno no resuelve el expediente de expulsión imponiendo una multa o decretando expulsión del extranjero de España en el plazo de seis meses se puede archivar el procedimiento sancionador.

El artículo 121 del Reglamento de Extranjería establece que la Delegación del Gobierno dispone de plazo de seis meses para resolver el expediente sancionador.

Requisitos para archivar la orden de expulsión.

El cómputo del plazo de caducidad empieza desde el momento de la comunicación de incoación del expediente sancionador por la Policía Nacional o Guardia Civil.

Si en el plazo de seis meses la Delegación del Gobierno no se pronuncia sobre el expediente se puede solicitar archivo del expediente de la orden de expulsión.

Para agilizar el procedimiento de archivo es recomendable presentar el escrito de archivo de orden de expulsión directamente en el Registro de Delegación del Gobierno correspondiente adjuntando la documentación que acredita la fecha de iniciación de procedimiento sancionador, normalmente es copia de comunicación de inicio del expediente sancionador.

Antes de presentar el escrito es aconsejable solicitar información sobre posible existencia de otros procedimientos abiertos y no archivados.

Recomendaciones:

Aunque la Ley no obliga al extranjero interesado el archivo de su orden de expulsión pero es recomendable solicitar el archivo. La existencia de un procedimiento abierto, aunque pendiente de archivo, puede generar el informe gubernativo desfavorable que puede provocar la denegación de solicitud de residencia por arraigo o expedición de una autorización de residencia comunitaria.

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