5 principales motivos de denegación de solicitud de nacionalidad española

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5 principales motivos de denegación de solicitud de nacionalidad española por residencia

Es bastante frecuente que el Ministerio de Justicia deniegue la solicitud de nacionalidad española por diferentes motivos. En este artículo hemos recopilado los cinco principales motivos de denegación de solicitud de nacionalidad española por residencia y sus posibles soluciones:

Empecemos por el primero motivo:

1. Denegación de la solicitud de nacionalidad española por residencia por no residir con su cónyuge de nacionalidad española

Existen supuestos en los que extranjeros, residentes en España con tarjeta de residencia comunitaria, casados con españoles, o con ciudadanos comunitarios, no se encuentran empadronados en el domicilio de sus cónyuges.

El Real Decreto 240/2007 prevé que los familiares de los ciudadanos comunitarios pueden obtener tarjeta de residencia, si conviven con sus familiares comunitarios. En base de esto, el Ministerio de Justicia considera que si el solicitante de la nacionalidad española no está empadronado con sus familiares comunitarios, no le corresponderá la autorización de residencia comunitaria, y por ende, podrá obtener nacionalidad solicitada.

Solución:

Presentar recurso de reposición, y posteriormente la demanda judicial ante la Audiencia Nacional demostrando que el solicitante reside de manera efectiva con su cónyuge comunitario. Junto con el recurso y la demanda, se aportarán pruebas que demuestran esta convivencia.

Habitualmente aportamos copias de las facturas del teléfono, que abona el solicitante de nacionalidad española, el contrato de alquiler de un inmueble a nombre de los dos, justificante de pago del alquiler, la vida laboral que acredita que conviven en el misma provincia. En definitiva, la lista puede resultar bastante larga, y empleando un poco de creatividad y experiencia se puede demostrar el hecho que ambos residen juntos, y todo esto sin contar con la presunción legal del Código Civil de que los cónyuges residen juntos.

En la práctica, hasta la fecha de hoy siempre hemos ganado estas resoluciones del Ministerio de la Justicia, en cuya virtud denegaban la solicitud de nacionalidad española al no residir junto con su cónyuge.

2. No tener suficiente grado de conocimiento de lengua y cultura española

Con el anterior procedimiento de solicitud de nacionalidad española por residencia, los extranjeros debían que demostrar el suficiente grado de conocimiento tanto de la lengua, como de la cultura española, debiendo acreditar dicha circunstancia, ante el Juez encargado del Registros Civil del municipio de residencia del solicitante, a la hora de presentar solicitud de nacionalidad española por residencia.

En el momento de la entrevista, no existían ni procedimientos unánimes, ni criterios preestablecidos a seguir por los jueces. Esto producía lógicamente resultados dispares, que en una comparativa entre municipios, se apreciaban lugares donde los extranjeros se veían claramente perjudicados a causa de esta falta de regulación.

En la práctica, en municipios como Getafe y pueblos del norte de Cataluña la mayor parte de los extranjeros solicitantes de residencia suspendían dicho examen de integración en la nacionalidad española.

En actualidad la situación ha cambiado radicalmente, gracias a que desde el Instituto de Cervantes se ha elaborado un Manual con tests que los extranjeros deben aprenden y examinarse a la hora de solicitar la nacionalidad española. Así mismo, ha sido finalmente determinado el nivel de conocimiento de la lengua española (Nivel B2) que deben dominar los extranjeros procedentes de países de habla no española.

Solución:

La resolución del Ministerio de Justicia que deniega la solicitud de nacionalidad española por no demostrar suficiente grado de conocimiento de lengua y cultura española, se basa en el informe del Juez encargado del Registro Civil en el municipio donde reside el extranjero.

En la inmensa mayoría de los supuesto que observamos en el despacho, dicho informe no aporta datos objetivos, no indica el contenido de los preguntas respondidas por el solicitante de nacionalidad española, ni número total de las preguntas. Ni siquiera el ratio de las respuestas correctas sobre. Basándose únicamente en la sola opinión personal del Juez, con un escueto resumen de la entrevista.

Ante esto cabe la posibilidad de presentar el recurso de reposición y luego posteriormente el recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, argumentando que la resolución del Juez no ha sido suficientemente motivada y se basa en la opinión subjetivo de su Señoría.Junto con el recurso aportaremos todas las pruebas que demuestran el grado de integración del solicitante a la sociedad española, como los certificados de estudios, contratos de trabajo, carnet de conducir, existencia de la familia en España y escolarización de los hijos menores.

Tenemos que demostrar que aparte de defectos formales en la resolución de denegación de nacionalidad española por residencia, existen pruebas suficientes que acreditan que el solicitante está perfectamente integrado a la sociedad española y su vida diaria es similar a cualquier ciudadano español.

3. No adaptarse a la sociedad española

Cuando hablamos sobre denegación de solicitud de nacionalidad española por residencia por no adaptarse a la sociedad española no nos referimos a no acreditar el grado de conocimiento de la cultura y lengua española, sino a la existencia de hechos totalmente contrarios a las normas de conducta típicos de la sociedad e idiosincrasia española.

El caso más habitual es el hecho que tanto los ciudadanos de países árabes, como de Guinea Ecuatorial pueden tener varias esposas ya que sus normas permiten la poligamia. Sin embargo, las leyes y cultura de los españolas no reconocen dicho estatus, aunque la ley personal del país de origen del extranjero sí permite esta modalidad de matrimonio. El hecho de incumplir esta norma es motivo de denegación de solicitud de la nacionalidad española por residencia.

Lo más curioso en estos supuestos es que en la mayoría de los casos, el Registro Civil se entera de la existencia de otras esposas, entrevistando a la esposa que reside en España junto con solicitante de la nacionalidad española. La solidaridad femenina y la preocupación de la mujer por otras esposas que se encuentran en el país de origen, hacen que la mujer que reside aquí en España declare en el registro Civil el hecho de que solicitante está casado con otras mujeres en su país de origen.

Otros caso habitual de denegación de la nacionalidad española por residencia es el hecho que los solicitante tienen hijos extramatrimoniales.

Solución:

No vemos ninguna solución a la denegación de solicitud de nacionalidad española por residencia en los casos cuando el hombre está casado con varias mujeres, salvo que el hombre se haya divorciado de estas mujeres antes de solicitar su nacionalidad española, y en el momento de solicitud se encuentre casado únicamente con una sola mujer.

Sin embargo consideramos no ajustada al derecho la denegación de solicitud de nacionalidad española por residencia por el hecho de tener los hijos extramatrimoniales.

No podemos olvidar que la constitución española prohíbe la discriminación entre hijos nacidos en el matrimonio y fuera de él. Aunque la infidelidad sea un hecho socialmente reprochable, no puede constituir un motivo legal de persecución o sanción administrativa para los padres, que es lo que se produce al sancionar al extranjero en el ámbito administrativo al privarle del derecho de obtener la nacionalidad española por tener tales hijos

4. No residir en España el tiempo legalmente exigido

Es muy habitual que los extranjeros ansiosos de obtener los beneficios de la nacionalidad española presenten la solicitud de nacionalidad española antes de cumplir el tiempo de residencia legal exigido por el Código Civil. Existe un mito sobre que el tiempo de residencia legal se computa hasta la fecha cuando el Ministerio de Justicia aprueba la solicitud de nacionalidad española.

Como respuesta a esto, cabe recordar que la Audiencia Nacional se ha pronunciado en un sinfín de sentencias sobre que el tiempo de residencia legal exigido para poder solicitar la nacionalidad española se computa hasta la fecha de solicitud de nacionalidad española.

Incluso el tiempo de estancia legal en España con la tarjeta de estudiante tampoco computa como tiempo de residencia legal a efectos de solicitud de nacionalidad española.

Solución:

En nuestra opinión la solución más adecuada en estos casos es solicitar la nacionalidad española de nuevo. Sin embargo hemos encontrado casos donde el cómputo de tiempo de residencia legal a efectos de solicitud de nacionalidad española ha sido determinado erróneamente. Por ello recomendamos consultar con un abogado especializado en los trámites de nacionalidad española si su solicitud de nacionalidad española ha sido denegada.

5. Denegación por existencia de antecedentes penales o policiales

Uno de los principales motivos de denegación de solicitud de nacionalidad española es la existencia de antecedentes penales o policiales.

La Subdirección de Nacionalidad y Estado Civil de Ministerio de Justicia puede denegar solicitud de nacionalidad española por residencia si observa que el solicitante no cumplió con el requisito de buena conducta civil.

Este es un término bastante subjetivo e indeterminado, y en nuestra opinión es indiscutible que un extranjero no cumple con el requisito de buena conducta cívica si cuenta con los antecedentes penales recientes por el delito contra la salud pública (tráfico de drogas) o cometió delito contra la seguridad vial recientemente.
Sin embargo, la Audiencia Nacional e incluso el Tribunal Supremo se pronunciado en varias sentencia manifestado que los extranjeros condenados por los delitos de “escasa importancia y en tiempos remotos” pueden obtener la nacionalidad española por residencia.

Otra cuestión más que discutible es la denegación de nacionalidad española por antecedentes policiales. Nosotros opinamos que el Ministerio de Justicia vulnera tanto el principio de presunción de inocencia, como el de exclusividad de jurisdicción a la hora de denegar la nacionalidad española por el hecho de tener antecedentes policiales.

Es curioso, pero el Ministerio de la Justicia puede denegar solicitud de nacionalidad española incluso cuando el Juez dicto la sentencia absolutoria. Hemos sido testigos de varios casos en los que a pesar de que la sentencia declaraba como hechos probados unos hechos delictivos y su autoría, pero por defectos formales y por otras circunstancias el juez dictaba la sentencia absolutoria. En contra y a pesar de esto, el instructor del procedimiento de nacionalidad española denegaba solicitud de nacionalidad diciendo que el solicitante no demostró buena conducta cívica.

No podemos olvidar que el hecho de cancelar antecedentes penales no determina buena conducta cívica

Solución:

La denegación de solicitud de nacionalidad española por tener antecedentes penales es una resolución con muchas controversias. Es muy recomendable contratar a un buen abogado especializado en trámites de Extranjería y nacionalidad para poder presentar un buen recurso de reposición y posteriormente interponer una demanda contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional.

Si el Ministerio de Justicia denegó su solicitud de nacionalidad española puede acudir a nuestro despacho y estaremos encantados de poder ayudarle a conseguir su nacionalidad española por residencia.