5 Consejos a tener en cuenta al solicitar tu nacionalidad española

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En este artículo te explicaremos 5 consejos a tener en cuenta al solicitar tu nacionalidad española. Lo primero que nada es que:

Deberás revisar tus antecedentes penales y policiales

Antes que solicitemos nuestra nacionalidad española, deberemos revisar nuestros antecedentes penales y policiales.

En cuanto a los antecedentes penales, hay personas que sabemos si se les ha condenado por la comisión de algún delito o no, si este proceso se archivó o se sobreseyó.

Pero en cuento a los policiales, no todos conocemos si tenemos antecedentes policiales, ya que incluso nunca has sido detenido, ni sabias que la policía te buscaba por algún hecho que supuestamente habías cometido.

Nuestro consejo es que antes de solicitar la nacionalidad española deberemos revisar los antecedentes penales: en el Registro de penados y rebeldes, en la Guardia Civil: INTPOL y en la policía: Fichero PERPOL. Así estaremos seguros que nuestro nombre no aparece en ninguno de estos registros. 5 Consejos a tener en cuenta al solicitar tu nacionalidad española.

Revisar la documentación que presentemos

El segundo consejo es que deberemos revisar los documentos bien, analizar cuando están emitidos los documentos,  deberemos recordar que estos documentos tienen que estar actualizados.

¿Qué quiere decir que este actualizado?

Por ejemplo, el certificado de antecedentes penales de nuestro país de origen caduca a los 3 meses y deberemos tener mucho cuidados, porque si esta fuera de fecha, en cuanto cojan nuestro expediente para resolverlo en vez de tener el “Concedido”, tendremos un requerimiento y hará que se retrase todo, hasta que volvamos a presentar nuevamente y puedan volver a coger nuestro expediente.

El certificado de nacimiento de nuestro país de origen tendrá 1 año de vigencia a efectos de solicitud de nacionalidad, por lo tanto todos los documentos deberán estar bien revisados.

También todos los documentos deberán estar apostillados y si provienen de algún país que no esté suscrito al Convenio de la Haya, estos documentos deberán esta legalizados primero en el país de origen y luego en el Consulado de España en el país de origen.

Y si venimos de algunos países afortunados que tienen este servicio de emisión de documentos en el consulado, no deberemos olvidar que esos documentos tienen que estar legalizados en el Ministerio de Relaciones Exteriores, pero esto es muy rápido y gratis.

Tiempo de residencia legal

Para solicitar la nacionalidad española por residencia debemos tener en cuenta los años exigidos de residencia que son:

  • Diez años: para cualquier país de origen que NO forme parte de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal.
  • Diez años: también para personas Apátridas
  • Cinco años: para aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiados.
  • Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. En el caso de los extranjeros iberoamericanos que hayan sido beneficiados de la condición de refugiados, también se les exigirá dos años de residencia.
  • Un año: para menores que hayan nacido en territorio español. Si estas casado/a con un español.
    • El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano. O institución española durante dos años consecutivos.
    • El viudo o viuda de Español o española, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o legalmente.
    • El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
    • El que, lleve un año casado con español o española y no este separado legalmente o de hecho. En estos casos se tiene que reflejar claramente que vives con tu cónyuge de nacionalidad española.

Para que la nacionalidad española sea aprobada es imprescindible que la residencia legal sea estable y continuada antes y durante todo el proceso. Cualquier salida prolongada fuera de España podría considerarse como motivo para denegar la nacionalidad.

En cuanto a los extranjeros que se les exige de cinco a diez años de residencia solo podrán ausentarse seis meses del territorio español.

A los extranjeros que se les exige de uno a dos años de residencia solo podrán ausentarse tres meses del territorio español.

Estas ausencias no son consideradas como continuas. El Registro General de Notariado, sumará todas las salidas de los interesados que, no podrán exceder el periodo establecido. 5 Consejos a tener en cuenta al solicitar tu nacionalidad española.

Aporte del Empadronamiento al estar casado/a con español/a

Una denegación clásica cuando estamos casados con un español y no estamos empadronados junto con nuestro esposo/a español durante el último año. En este caso tendrás problemas con el Ministerio de Justicia porque lo puede interpretar como que no estas residiendo con el ciudadano español. Entendiendo que no cumples con la residencia efectiva.

El Código Civil en su artículo 22.2 d) estipula que:

“Bastará el tiempo de residencia de un año para:

d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.”

Podemos entender que los extranjeros casados con un nacional español podrán solicitar la nacionalidad española por matrimonio después de un año de residencia legal en España. La residencia ha de ser de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

La nacionalidad española no se obtiene por casarse con un español o española, sino que, debes cumplir con un tiempo de residencia y los requisitos adicionales. Primero que nada, tienes que solicitarla.

La solicitud de la que hablamos, es una solicitud de nacionalidad por residencia, lo único que es diferente a otros casos es que el tiempo de residencia se reduce a 1 año, siendo de 10, 5 o 2 años para los demás casos. Así que presentaremos nuestra solicitud de forma telemática y cumpliendo con todos los requisitos de una nacionalidad por residencia.

Forma de presentación de tu nacionalidad española – 5 Consejos a tener en cuenta al solicitar tu nacionalidad española

Existen varios convenios que firmo el Ministerio de Justicia, con colegios profesionales, estas dos plataformas pueden presentar solicitudes de nacionalidad española, por un “Registro Profesional”, estos dos colegios, son: los Gestores Administrativos y los Abogados.

Nosotros somos abogados de Extranjería, pero a la vez somos Gestores Administrativos debidamente colegiados y podemos presentar la nacionalidad española en los dos registros y conociendo las dos plataformas, en nuestra opinión, nos parece mucho más rápido presentar por la Plataforma de Gestores Administrativos en vez de presentar por el Colegio de Abogados, además que el Registro del Colegio de Abogados es bastante reciente, y el del Colegio de Gestores Administrativos es bastante antiguo, habiendo ya conseguido nacionalidades para sus clientes en pocos días y meses desde su presentación.

¿Por qué va más rápido por este medio profesional?

Para presentar las solicitudes de nacionalidad, conforme a la plataforma de los Gestores Administrativos, el Gestor tiene que ser colegiado, además:

  • Es obligatorio que esos expedientes sean presentados por un profesional.
  • Nosotros al presentar la solicitud por una plataforma profesional, hay un triple control, porque primero revisa la documentación un Gestor Administrativo, luego lo revisa el Colegio de Gestores (Nosotros aportamos toda la documentación original), debiendo cerciorarse de que ese expediente está perfecto, sin fallos, siendo incluso el Colegio de Gestores más estricto que el Ministerio de Justicia. Y por último se pasa por el tercer control por parte del Consejo General de los Gestores Administrativos que llevan el control de este expediente.
  • Cuando el expediente de nacionalidad llega al Ministerio de Justicia, ellos ya saben que este expediente está más que revisado, que está perfecto y lo único que hacen ellos es pedir directamente los informes al Ministerio del interior que acrediten que esta persona vive el tiempo legalmente establecido y que no tiene antecedentes penales o policiales y que cumple con este requisitos de tener una buena conducta cívica.

Lo recomendable es que por tu falta de experiencia lo dejes en manos de un profesional ya que lo hará de forma correcta y a través de un registro de abogados profesional y con garantía.

En TRAMITEX  somos expertos en este tipo de trámites, llámanos y tendrás una cita para ser asesorado por profesionales.